Actualidad

Publicadas las convocatorias de las ayudas para las ASV, las ADSG y la promoción del vino

Martes, 3 de enero de 2023

El DOCM publica hoy la convocatoria de varias ayudas:

Asesoramiento en gestión integrada de plagas por las agrupaciones de sanidad vegetal de Castilla-La Mancha para 2023.

Dirigida a agricultores titulares de pequeñas y medianas empresas agrícolas, que soliciten el asesoramiento en materia de gestión integrada de plagas a una Agrupación de Sanidad Vegetal reconocida (en adelante, ASV).

El importe de la ayuda de cada agricultor se limitará a 1.500 euros

La cuantía máxima de ayuda a percibir por ASV y por convocatoria, será de 14.000 euros. En caso de que la ASV disponga de 2 o más personas contratadas como personal técnico, este límite máximo de ayuda a percibir será de 20.000 euros. Quedarán excluidas si el importe final de ayuda a percibir es inferior a 3.000 euros, a excepción de las ASV inscritas en el Registro durante el año de la convocatoria.

El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación de esta orden y de su extracto de la BDNS, en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Ayudas para la ejecución de programas zootécnico-sanitarios a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas (ADSGs) en Castilla-La Mancha

La cuantía de la ayuda se determinará mediante la multiplicación del valor unitario de cada concepto subvencionable por el número de animales sobre el que se aplica la actividad subvencionable, y la posterior suma del valor obtenido por cada actividad subvencionable desarrollada por la ADSG, conforme a los siguientes valores unitarios:

a) Para el programa sanitario mínimo obligatorio el importe a subvencionar será 0,75 € por UGM sobre la que se aplique, excepto para la especie apícola, que se pagará 0,75€/colmena, no pudiendo superar en ninguno de los casos el importe de los gastos justificados mediante factura.

b) Para los programas de formación, que deberán ser comunicados por medios electrónicos, con una antelación mínima de 10 días, el importe a subvencionar será de hasta el 50% del gasto justificado con un máximo de 300 €.

c) Las cuantías de la actividad subvencionable de los programas sanitarios voluntarios son las siguientes:

- Toma de muestras de suero, sangre, hisopos o toma de muestras de leche individual de 1 animal:

     Especie bovina: 0,90 € por muestra analizada.

     Especie ovina: 0,70 euros por muestra analizada.

- Toma de muestras de leche en tanque: 0,40 €/muestra

- Intradermotuberculinización en ganado caprino: 1,60€/animal

El plazo de presentación de las solicitudes será de seis meses a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución y de su extracto de la BDNS, en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Ayudas para la promoción del vino en los mercados de terceros países en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2024-2027

Beneficiarios:

a) Las empresas vinícolas que cumplan con los requisitos.
b) Organizaciones de productores vitivinícolas y asociaciones de organizaciones de productores vitivinícolas,
c) Organizaciones interprofesionales.
d) Organizaciones profesionales reconocidas a nivel nacional y que tengan entre sus fines estatuarios la realización de actividades de promoción.
e) Órganos de gestión y de representación de las indicaciones geográficas protegidas y denominaciones de origen protegidas vínicas, así como sus asociaciones.
f) Las asociaciones temporales o permanentes de productores que tengan entre sus fines el desarrollo de iniciativas en materia de promoción y comercialización del vino.
g) Las entidades asociativas sin ánimo de lucro participadas exclusivamente por empresas del sector vitivinícola que tengan entre sus fines la promoción exterior de sus vinos.
h) Cooperativas que comercializan vinos elaborados por ellas o por sus asociados.
i) Los Organismos Públicos con competencia legalmente establecida para desarrollar actuaciones de promoción y comunicación de productos y mercados en terceros países, a condición de que dicho organismo no sea el único beneficiario de la ayuda.

La cuantía máxima de ayuda solicitada por empresa vinícola no podrá superar el 5 % del presupuesto total destinado a la intervención de promoción.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 1 de mayo de cada año y finalizará el 31 de mayo, salvo para la convocatoria del 2023 que se estará a lo dispuesto en la disposición transitoria única.

Objetivos

a) Apertura de nuevos mercados en terceros países. Este objetivo se consigue si el programa de promoción tiene presupuesto en al menos un mercado nuevo con respecto a convocatorias anteriores.

b) Diversificación de los mercados de terceros países. Este objetivo se consigue si el programa de promoción tiene presupuesto en al menos dos mercados distintos.

c) Consolidación de los mercados de terceros países. Este objetivo se consigue si el programa de promoción tiene presupuesto en al menos un mercado repetido con respecto a convocatorias anteriores.

Los productos objeto de la promoción serán estarán destinados al consumo directo y deberán pertenecer a alguna de las siguientes categorías:

a) Vinos con denominación de origen protegida.

b) Vinos con indicación geográfica protegida.

c) Vinos en los que se indique la variedad o variedades de uva de vinificación.

Las acciones de promoción y comunicación incluidas en un programa de promoción se ejecutarán entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de cada año, salvo para la convocatoria del 2023 que se estará a lo dispuesto en la disposición transitoria única.


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