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Publicadas las bases reguladoras de las ayudas a jóvenes agricultores e inversiones en explotaciones agrícolas y ganaderas

Jueves, 24 de diciembre de 2020

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) publica hoy jueves la Orden 194/2020, de 21 de diciembre, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la creación de empresas agrarias para jóvenes y a las inversiones en explotaciones agrícolas y ganaderas en el marco de las submedidas 6.1 y 4.1 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el periodo de programación 2014-2020.

Jóvenes agricultores

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas jóvenes, que en el momento de presentar la solicitud de ayuda tengan cumplidos 18 años de edad y no hayan cumplido 41 años, se instalen como titulares por primera vez en una explotación agraria que alcance la condición de prioritaria en el momento de finalización del expediente de instalación, cuenten con la capacitación y formación adecuadas y ostenten el control efectivo sobre la misma, que cumplan los requisitos, las condiciones de admisibilidad y las obligaciones correspondientes y  designen un tutor con capacitación suficiente para guiarles en el proceso de instalación.

La instalación podrá realizarse en una de las siguientes modalidades:

  1. a) Acceso a la titularidad exclusiva.
  2. b) Integración como socio/a en una entidad asociativa preexistente o de nueva creación en el desarrollo del Plan Empresarial, no unipersonal y con personalidad jurídica.
  3. c) Acceso a una explotación de titularidad compartida.
  4. d) Acceso a la cotitularidad.

El tipo de ayuda consistirá en una ayuda a tanto alzado que contribuirá a la creación de una empresa agraria por el joven agricultor, así como a comenzar su actividad agraria propiamente dicha. Se establece una ayuda básica de 27.000 euros. Este importe será incrementado, sin superar en ningún momento los 50.000, por creación de empleo, uso eficiente de los recursos naturales, participación en programas de I D i o inclusión en Entidades Asociativas Prioritarias y Agrupaciones de Productores.

Esta ayuda se hará efectiva en dos tramos, un primer tramo en el que se abonará el 60% de la ayuda total y un segundo tramo por el 40% restante, presentando en ambos casos una solicitud de pago en los plazos y con la de justificación del cumplimiento del Plan empresarial.

Inversiones en explotaciones agrícolas y ganaderas

En cuanto a las ayudas al apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas y ganaderas, se podrán beneficiar los agricultores activos que cumplan los requisitos, las condiciones de admisibilidad y las obligaciones correspondientes:

– Personas físicas con cualificación o formación suficiente.

– Jóvenes agricultores.

– Titulares de una explotación de titularidad compartida.

– Las personas jurídicas titulares de una explotación agraria prioritaria o que alcance tal condición tras ejecutar el Plan de Inversiones.

Quedan excluidos de la condición de beneficiarios aquellos que no tengan personalidad jurídica propia, salvo en el caso de los titulares de una explotación de titularidad compartida. Asimismo, quedan excluidos de la condición de beneficiarios los perceptores de una pensión de jubilación y las empresas en crisis.

La cuantía de las ayudas a las inversiones consistirá en una subvención directa, estableciéndose un porcentaje básico de ayuda del 40%, que podrá incrementarse por inversiones en tecnologías innovadora o promovidas por titulares de EAP, Eapir o Agrupación de Productores, por ahorro efectivo de agua o energía convencional. El porcentaje básico más estos incrementos no podrán superar el 50% de la inversión financiable.

Las solicitudes para acogerse a las ayudas contempladas en la presente Orden y los plazos y documentación necesaria se establecerán en la convocatoria correspondiente, estableciéndose un plazo mínimo de presentación de solicitudes de dos meses.

Ambas ayudas deben presentarse a través de las entidades agrarias de colaboración o de entidades gestoras de modernización de explotaciones y con certificado de firma electrónica, a través del programa informático Majuelo, facilitado por la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural.

Más información:

https://www.asajaclm.org/recursos/legislacion/docm_258.1_ayudas_jovenes.pdf


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