El Boletín Oficial del Estado ha publicado la Orden APA/229/2025, de 10 de marzo, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul. El objeto de la dicha orden es modificar la estrategia de lucha frente a la lengua azul y establecer medidas específicas de protección contra la enfermedad, de aplicación a todo el territorio nacional.
Esta normativa oficializa el cambio en la estrategia de vacunación en el territorio peninsular, pasando de ser obligatoria a voluntaria.
Durante el año 2024, se han presentado circunstancias excepcionales que han motivado este cambio: Circulación simultánea de cuatro serotipos distintos de la enfermedad (1, 3, 4 y 8); Condiciones climáticas excepcionales que han incrementado la actividad del vector transmisor y ampliado la distribución de los serotipos en la península; Dificultades logísticas para vacunar de manera efectiva frente a varios serotipos en amplias zonas del territorio; Insuficiente disponibilidad de vacunas en un plazo adecuado antes del aumento de la actividad vectorial, previsto a partir de abril de 2025.
Como consecuencia de estos factores, se ha sustituido la estrategia de erradicación por una estrategia de protección clínica basada en la vacunación voluntaria. Además:
Con el fin de reaccionar rápidamente a la detección de nuevos serotipos en España o en países vecinos, la orden suprime menciones específicas a los serotipos en su articulado, permitiendo su incorporación en futuras resoluciones. Esta medida facilitará una respuesta ágil ante la aparición de nuevas variantes del virus.
La nueva Orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, es decir, el 12 de marzo de 2025.
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