El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado la Orden de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se reconoce la aplicación de medidas excepcionales a los regímenes de ayudas por cultivos herbáceos ecológicos y cultivos proteicos derivadas de las condiciones meteorológicas adversas en Castilla-La Mancha para la campaña 2017.
La Orden recoge que las adversas condiciones meteorológicas de los últimos meses, caracterizadas por unas precipitaciones muy por debajo de la media y unas temperaturas elevadas han provocado una reducción de cosecha de cultivos herbáceos muy drástica en casi todas las comarcas de Castilla-La Mancha. Por ello, el escenario descrito va a suponer que en muchos casos la cosecha o el aprovechamiento como forraje de los cultivos herbáceos sea inviable, ya sea porque no existe producto a cosechar o porque los costes van a ser superiores al beneficio por el aprovechamiento del cultivo.
La Orden contempla la declaración de situación meteorológica adversa, declarando en la campaña 2017 para el grupo de cultivo de herbáceos, la existencia de un “fenómeno climático adverso asimilable a un desastre natural”.
Efectos de la declaración
Se exime para el grupo de cultivo de herbáceos ecológicos que en el caso de las parcelas agrícolas del grupo de cultivos herbáceos se deberán recolectar las parcelas cultivadas. También podrán tener un aprovechamiento ganadero, ya sea mediante siega o mediante aprovechamiento a diente por el ganado extensivo.
La exención anteriormente indicada no se aplicará al cultivo de girasol ni a los herbáceos de regadío.
Respecto de la ayuda asociada a los cultivos proteicos, se exime del requisito de disponer de una prueba de venta o suministro a terceros de la producción. La exención se aplicará a los siguientes cultivos de secano: guisante, habas, altramuz dulce, veza, yeros, algarrobas, titarros, almortas, alholva, alverja, alverjón, alfalfa, esparceta, colza o camelina.
Los cultivos herbáceos ecológicos tiene entre sus compromisos el de recolectar las parcelas cultivadas o que puedan tener un aprovechamiento ganadero, ya sea mediante siega o mediante aprovechamiento a diente por el ganado extensivo. Por otro lado, los solicitantes de la ayuda asociada a los cultivos proteicos deben disponer de una prueba de venta o suministro a terceros de la producción.