La Dirección General de Tráfico ha informado a ASAJA que, tras el levantamiento del estado de alarma, vuelven a estar automáticamente vigentes las restricciones a la circulación establecidas a los vehículos de transportes de mercancías.
Con el fin del estado de alarma deja de tener efecto el artículo 3 de dicha Orden Ministerial y se reestablecen las restricciones que, por razones de seguridad vial, movilidad y de fluidez, establece la Dirección General de Tráfico durante los fines de semana y días de operaciones especiales de tráfico.
Los vehículos a los cuales se restablece las restricciones son:
-Transportes de mercancías en general.
-Mercancías peligrosas por calendario y tramos de vía.
-Vehículos especiales y vehículos que precisan de autorización complementaria de circulación, al superar, por sus características técnicas o por razón de carga indivisible transportada, los valores de masas o dimensiones máximas permitidas.
Cosechadoras
Desde la Agrupación Provincial de Agricultores y Ganaderos (APAG) de Guadalajara se han dirigido a la DGT para consultar sobre la circulación de cosechadoras, recibiendo la siguiente respuesta: “las autorizaciones complementarias de circulación que caducaron durante el Estado de Alarma y sus sucesivas prórrogas han sido prorrogadas durante 60 días hábiles desde la finalización del estado de alarma por la ORDEN INT/262/2020 y la instrucción 20/S-152. Transcurrido ese plazo, habrá que proceder a su renovación”. Para más información se puede llamar al 060 o en https://sede.dgt.gob.es/…/otros-tram…/cita-previa-jefaturas/